Política Criminal.
La
Política Criminal constituye un dato objetivo, pues las nociones de delincuencia, crimen o criminal, son el resultado de
discusiones sobre criterios de Política Criminal criterios que condicionan la
determinación de los comportamientos que deben ser criminalizados
La Política Criminal primeramente se ha entendido como parte del derecho penal o de la criminología condenándola así a no tener una materia propia
Imagen 1. Política Criminal (slideshare, 2017)
En
segundo lugar, la dependencia de las otras disciplinas, hace que su
sistematización y estudio sean de una enorme complejidad.
En tercer lugar, todos estos conocimientos y disciplinas forman parte de la política Criminal y están vinculados a aspectos controvertidos entre las relaciones sociales entre sociedad y estado.
Imagen 2. Política Criminal ( Observatorio de Política Criminal, 2016)
En
cuarto y ultimo lugar se hace referencia para justificar la adopción de las
concretas soluciones, hace de la política criminal una inminente valorativa.
Política Criminal como parte de la política en general de un estado
Imagen 3. Política Criminal (twitter, 2016)
Tiene
características Básicas, es un conjunto de estrategias para un determinado fin.
Al estar orientada a fines, constituye una ciencia eminentemente valorativa.
Medios y fines se condicionan a partir de una determinada valoración de los
fines, que necesariamente tienen que ser el modelo de Sociedad que ese cuerpo
social tiene.
LA
PREVENCIÓN DE LA CRIMINALIDAD
Privilegiar
la prevención a la represión, utilizar políticas criminales integrales y no
solamente penales, utilizar la función promocional de la Política Criminal mas
no pretender promocionar con la sanción penal. Nociones de Política Criminal.
Al ser la prevención de la delincuencia el objetivo fundamental del sistema
penal y del control social en general, viene a constituir el eje de toda la
Política Criminal moderna.
La
prevención primaria
Se orienta a las causas de la criminalidad, a
resolver el conflicto social que subyace en el crimen, para neutralizarlo antes
de que se manifieste.
La
prevención secundaria
actúa
después, no en los orígenes del delito, sino cuando el conflicto criminal se
produce o genera, cuando se manifiesta. Opera a corto y mediano plazo y se
orienta selectivamente a concretos sectores de la Sociedad: aquellos grupos y
subgrupos que exhiben mayor riesgo de protagonizar el problema criminal.
La
prevención terciaria
se refiere directamente a la población reclusa
y su fin es evitar la reincidencia.
UNA
CONCEPCIÓN PRECIENTÍFICA DEL DELITO
No es
preciso adentrarse demasiado en la historia para saber que el delito existió
siempre, desde tiempos inmemoriales, en el momento en que un hombre segó la
vida de otro. Pero todos los autores están de acuerdo en que esta concepción de
delito no corresponde a una concepción científica, racional, pues muchos hechos
se explicaban de manera sobrenatural, animista o fatalista.
LA
CONCEPCIÓN LIBERAL DEL DELITO
Se
considera a Beccaria como el fundador de la moderna ciencia del Derecho Penal
porque con él empieza a racionalizarse el delito. La publicación de su libro
“Del delitti e delle pene” en 1764, marca el inicio del estudio del delito de
manera sistemática, racional, con la pretensión de dotarle de cierta validez
objetiva, por encima de las vicisitudes de los gobernantes y de los legisladores
concretos.
LA
CONCEPCIÓN POSITIVISTA DEL DELITO
Los movimientos sociales de finales del siglo
XIX y las luchas de los trabajadores por los derechos de carácter colectivo
(luchas por el derecho al sufragio universal, derecho de asociación, derecho de
huelga, derecho de reunión, etc.) así como el desarrollo del pensamiento
comunista de Marx y Engels, impusieron un cambio en el sistema económico
liberal. El Estado tuvo que intervenir para regular las disfunciones que
producía un mercado libre en la esfera social.
EL
POSITIVISMO CRIMINOLÓGICO: UNA CONCEPCIÓN CENTRADA EN EL HOMBRE DELINCUENTE
El tránsito del modelo de Estado liberal hacia
el Estado social, el aumento de la delincuencia y el auge del método
positivista dieron lugar al desarrollo en Italia de una corriente de
pensamiento, contrapuesta a la Escuela Clásica, en la cual el fenómeno criminal
no podía estar centrado en una concepción del delito abstracta, sino que había
que partir de la realidad, del delito y el delincuente como fenómenos reales de
la naturaleza.
EL
POSITIVISMO JURÍDICO: EL DELITO CONCEBIDO COMO INFRACCIÓN DE LA LEY
El
desarrollo de la concepción del delito en Alemania sigue distintos derroteros
que en Italia, pues desde un comienzo se centra en el derecho positivo, como
objeto de estudio.
VALORACIÓN
DEL POSITIVISMO JURÍDICO PARA LA CONCEPTUACIÓN DEL DELITO Posiciones inmanentes
a la norma penal en las que el intérprete no sale de ella y utiliza sólo la
lógica deductiva para determinar su validez (considerando validez como
legitimidad). Nociones de Política Criminal - Capítulo 2 45 2. Posiciones
trascendentes a la norma penal, tratando de indagar en su trasfondo,
reconociendo su función social de regla de solución de conflictos.
EL
NEOKANTISMO: LAS BASES METODOLÓGICAS PARA LA VINCULACIÓN ENTRE REALIDAD Y VALOR
La insuficiencia del concepto de ciencia del
positivismo puesta en evidencia por las críticas de Windeband y Rickert impuso
una división metodológica y de objeto de las ciencias. Las ciencias exactas,
ciencias de la naturaleza o del ser se concebían como ciencias generalizadoras
y las ciencias del espíritu, de la cultura o del deber ser que son ciencias
individualizadoras, las cuales no pueden considerarse objetivas. Estas
posiciones, si bien constituyen un paso más en el camino de entender
científicamente el hombre en Sociedad, tienen indudablemente el peligro de caer
en el subjetivismo y en el relativismo de los valores
. LA
NUEVA DEFENSA SOCIAL Y EL MOVIMIENTO DE POLÍTICA CRIMINAL
Las tesis idealistas sobre la concepción del
delito que no fueron capaces de contener posturas autoritarias sobre la
delincuencia, dan lugar a un resurgimiento de las tesis defensistas de la
sociedad, cuyos cimientos se encuentran en el positivismo criminológico. La
“nueva” Defensa Social que inaugura Marc Ancel va a tener importantes
consecuencias para la Política Criminal. Y es que la Defensa Social se concibe
como un determinado “movimiento de política criminal”, cuya primera formula
CIENCIAS DE LA SEGURIDAD. UNIVERSIDAD DE SALAMANCA 48 ción programática se debe
a A. Prins (1910) y que consolidan después F. Gramatica y M. Ancel, éste último
preocupado por articular una eficaz protección de la sociedad a través de la
debida coordinación de la Criminología, la Ciencia Penitenciaria y el Derecho
Penal.
LA
ETAPA ACTUAL: UNA CONCEPCIÓN FUNCIONAL DEL DELITO
A
partir de los años 60, nuevas corrientes tienen influencia en la concepción del
delito. Desde el plano político, asistimos, después de la segunda guerra
mundial a la consolidación del Estado Social de Derecho. Esta fórmula jurídica
que constituye en su origen un híbrido compromiso entre las dos grandes
corrientes de nuestro siglo, el pensamiento liberal y el pensamiento
socialista, no ha dejado de ser, en realidad, un simple retoque del Estado
liberal de Derecho, con la tesis keynesiana del intervencionismo de los poderes
públicos en la esfera económica
La política criminal constituye la facultad
delegada por el conglomerado social al Estado para que defina, mediante procesos de criminalización y
descriminalización, la cuestión criminal dentro de la estructura
social y por lo tanto, dirija y organice el conjunto de métodos
utilizables como respuesta al fenómeno criminal en un marco democrático de
legalidad. Su función principal se concentra entonces, en el establecimiento de los modelos de
prevención y de lucha contra el crimen.
Política Criminal y Estado De Derecho
El
clima de inseguridad ciudadana que se ha producido en estos últimos años,
estimulado por la creencia de un aumento desmedido de las tasas de criminalidad
y por la dramatización que sobre los hechos delictivos hace la prensa, ha
propiciado que la política criminal tienda hacia la búsqueda de métodos que
proporcionen respuestas cada vez más “eficaces” con las que se puedan enfrentar
el fenómeno de la criminalidad y las consecuencias que ocasiona para el nuevo
orden económico y político instaurado
SISTEMA
PENITENCIARIO
Imagen 4. Sistema penitenciario (Andrés , 2018)
En el caso del campo penitenciario, la prisión
preventiva y las medidas tutelares definidas en sentencia para centros cerrados
constituyen los principales instrumentos de control criminal utilizados para
impedir tanto la libre circulación de los infractores penales como para,
“limpiar las calles” de los delincuentes. Esto hace que la ejecución
penitenciaria asuma una función estrictamente retributiva (castigar al
delincuente por el daño causado) y de prevención general (tranquilizar a la
población e intimidando a futuros infractores).
DERECHOS
HUMANOS
Imagen 5. Claves para la construcción de una cultura de los derechos humanos ( Roberto Niembro Ortega, 2021)
Esto
permite, demostrar que la orientación que se pretende dotar a la política
criminales es omisa en la protección de los derechos fundamentales de los
individuos sujetos al sistema de control penal, ya que se sustentan en el
sostenimiento de un derecho penal del enemigo, en el que se resalta la llamada
criminalidad tradicional que el sentido común estereotipa y dramatiza; delitos
que se caracterizan por una frecuente repartición de papeles entre la víctima
(grupos sociales garantizados y “respetables”) y el agresor (marginales y
“peligrosos”).
Concepto
de política criminal
- POLITICA
CRIMINAL Y CRIMINOLOGIA
Continuando
con esta referencia a la concepción roxiniana de la Política Criminal y la
realidad, quisiera dedicar unas líneas a la situación que ocupa esta disciplina
en relaci6n con la Criminología. Pues es cierto que ambas se encuentran
aferradas a la realidad, frente al carácter eminentemente valorativo que
desprende el Derecho penal (45). A este respecto, cabe señalar que hoy es pacífica
entre los estudiosos del terra la idea de que la Política Criminal constituye
una especie de puente entre el Derecho penal y la Criminología (46). Pues a la Criminología
le correspondería el estudio empírico del fen6meno criminal; la Politica
Criminal se ocuparía de establecer, a partir del conocimiento aportado por
aquella, las técnicas y estrategias más adecuadas para prevenirlo y combatirlo;
y el Derecho penal se encargaría de cristalizar estos métodos y teorías en
preceptos y principios jurídicos que les otorgaria obligatoriedad y vigencia.
La Criminología
aportara a la Política Criminal esa información relevante y contrastada sobre
los distintos aspectos de la criminalidad que requieran de una solución por
parte de los poderes públicos. La Política Criminal, tomando en consideración
esa información, y dentro de las diferentes opciones que haya marcado aquella,
elaborara la correspondiente propuesta en el ámbito decisorio para intentar
solucionar el conflicto en el marco criminal o criminógeno. Finalmente, será el
Derecho penal la disciplina que elevará el correspondiente criterio al
respectivo principio o precepto jurídico con vigencia general. Esto significa,
como se ha señalado con anterioridad, contemplar a la Política Criminal como
puente entre la Criminología y el Derecho penal.
.
Estudio de los mecanismos de prevención del delito
Imagen 6 Ensayo prevención del delito (slideshare, 2012)
Una vez que se ha analizado el fenómeno
criminal, corresponde diseñar mecanismos para prevenirlo. Pero, antes de
establecer mecanismos de prevención, lo primero que debe hacerse es establecer
consensos acerca de lo que se entiende por prevención (Vid. capítulo 1).
CIENCIAS DE LA SEGURIDAD. UNIVERSIDAD DE SALAMANCA 90 Para estudiar los
mecanismos de prevención de la delincuencia, en segundo lugar, es preciso tener
en cuenta en qué etapa se pretende incidir, ante-delictum, o post-delictum.
Seguramente habrá que analizar ambos instrumentos de prevención ante y
postdelictum. En los primeros, si se quiere incidir en los sujetos para que no
cometan delitos habrá que pensar, no sólo en la amenaza penal, sino también en
instrumentos sociales que suelen ser más efectivos, como educación, medios de
comunicación, ayudas sociales, etc. Cuando se trata de la prevención
postdelictum, además de los instrumentos procesales (aplicación de las
sanciones) y penitenciarios (ejecución de las sanciones) hay que diseñar
sistemas de prevención postpenitenciarios, para ayudar a las personas que
sufren penas privativas de libertad a reintegrarse a la sociedad, en su medio
social, familiar y laboral. Inmediatamente se cierra el ciclo: nuevamente se
trataría de medidas sociales de prevención antedelictum.
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Imagen 1 slideshare, (2017). Política Criminal Recuperado
de https://www.slideshare.net/alfacfp/politica-criminal-74908115
Imagen 2 Observatorio
de Política Criminal (2016) Política Criminal Recuperado de https://sej.minjusticia.gov.co/PoliticaCriminal/Paginas/Contexto.aspx
Imagen 3 twitter
(2016) Política Criminal recuperado de https://twitter.com/politicacrminal
Imagen 4 Andrés (2018) Sistema Penitenciario recuperado de https://blogs.iadb.org/seguridad-ciudadana/es/tag/sistema-penitenciario/
Imagen 5 Roberto Niembro Ortega (2021) Claves para la construcción de una cultura de
los derechos humanos Recuperado de https://www.ibericonnect.blog/2021/04/claves-para-la-construccion-de-una-cultura-de-los-derechos-humanos/
Imagen
6 slideshare (2012) Ensayo de Prevención del delito Recuperado https://es.slideshare.net/tolinluis12/ensayo-prevencion-del-delito
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